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Términos y condiciones – Almacenamiento

Trasteros

Almacenamiento:

  1. Siempre que todas las cuotas estén pagadas al día, el Depositante: (a) tiene licencia para almacenar Bienes en la Unidad asignada al Depositante por FO periódicamente y solo en esa Unidad; (b) se considera que tiene conocimiento de los Bienes en la Unidad; y (c) garantiza que es el propietario de los Bienes en la Unidad y/o que tiene derecho legal a disponer de ellos de acuerdo con todos los aspectos de este Contrato como agente del propietario.
  2. FO: (a) no tiene ni se considerará que tiene conocimiento de los Bienes; (b) no es un depositario, custodio ni almacenista de los Bienes y el Depositante reconoce que FO no toma posesión de los Bienes; y (c) no concede ningún arrendamiento ni tenencia de la Unidad.

Coste:

  1. El Depositante debe pagar el Depósito al firmar este Contrato. El Depósito (o el saldo del mismo tras las deducciones oportunas por Cuotas impagadas, reparaciones, limpieza u otros cargos para subsanar cualquier incumplimiento de este Contrato por parte del Depositante) se reembolsará mediante cheque o transferencia electrónica en un plazo de 21 días a partir de la terminación de este Contrato.
  2. El Depositante es responsable de pagar: (a) la Cuota de Almacenamiento (siendo el importe establecido en la hoja de portada o según lo notificado más recientemente al Depositante por FO) pagadera por adelantado el primer día de cada periodo de almacenamiento (Fecha de Vencimiento) y es responsabilidad del Depositante asegurarse de que el pago se realice directamente a FO a tiempo y en su totalidad durante todo el periodo de almacenamiento. FO no suele emitir facturas por las cuotas. Cualquier Cuota de Almacenamiento pagada por transferencia directa no se abonará en la cuenta del Depositante a menos que este identifique el pago claramente y según las instrucciones de FO, y FO no tendrá ninguna responsabilidad ante el Depositante y será indemnizado por este si FO toma medidas para hacer cumplir el Contrato (incluida la venta de Bienes) debido a que el Depositante no identificó un pago. FO no aceptará que se ha realizado el pago hasta que haya recibido los fondos compensados y, si algún pago es posteriormente devuelto, podrá cobrar la Cuota de Devolución de Cheque; (b) la Cuota de Limpieza o los cargos por reparaciones, que se facturarán a discreción de FO según la cláusula 19; (c) una Cuota por Pago Atrasado cada vez que un pago se retrase; (d) cualquier coste incurrido por FO en el cobro de Cuotas de Almacenamiento atrasadas o impagadas, o en la ejecución de este Contrato de cualquier manera, incluyendo, entre otros, costes de correo, teléfono, inventario de la unidad, cobro de deudas, personal y/o acciones por incumplimiento y los honorarios legales y profesionales asociados; y (e) cualquier impuesto o tasa gubernamental (incluido cualquier impuesto sobre el valor añadido) devengado por cualquier suministro realizado en virtud de este Contrato. Cuando el Depositante tenga más de un contrato con FO, todos formarán una sola cuenta con FO y FO podrá, a su entera discreción, optar por aplicar cualquier pago realizado por o en nombre del Depositante en este contrato contra la Deuda más antigua vencida del Depositante con FO en cualquier contrato de la cuenta.

Incumplimiento – derecho a vender o disponer de bienes:

  1. FO se toma muy en serio la cuestión del pago puntual y tiene derecho de retención. Independientemente de la Condición 35, si cualquier suma adeudada a FO no se paga a su vencimiento, el Depositante autoriza a FO, sin previo aviso, a: (a) denegar al Depositante y a sus agentes el acceso a los Bienes, a la Unidad y a las Instalaciones y bloquear la Unidad hasta que el importe adeudado y otras cuotas relacionadas con él (Deuda) se hayan pagado en su totalidad; (b) entrar en la Unidad e inspeccionar y/o trasladar los Bienes a otra unidad o sitio y cobrar al Depositante todos los costes razonables de hacerlo en cualquier número de ocasiones; y (c) aplicar el Depósito contra la Deuda y, si fuera insuficiente para liquidarla por completo, retener y/o finalmente vender o disponer de algunos o todos los Bienes de acuerdo con la Condición
  2. El Depositante reconoce que (a) FO tendrá derecho a seguir cobrando por el almacenamiento desde la fecha en que la Deuda venza hasta que se realice el pago completo o los Bienes se vendan o se eliminen; (b) FO venderá los Bienes como si FO fuera el propietario y transmitirá todos los derechos de propiedad de los Bienes al comprador; y (c) si el Depositante no paga las cuotas en la Fecha de Vencimiento, el valor de cualquier descuento y oferta especial (incluidos los periodos de almacenamiento gratuito) que el Depositante haya recibido será pagadero por el Depositante en su totalidad. 6 Al vencimiento o terminación de este Contrato, si el Depositante no retira todos los Bienes de la Unidad, FO está autorizado a tratar los Bienes como abandonados y puede vender o disponer de todos los Bienes por cualquier medio de acuerdo con las Condiciones 7 a 9. El Depositante es responsable de las Cuotas de Almacenamiento por el periodo comprendido entre el abandono y la venta o eliminación de los Bienes, junto con cualquier coste de eliminación (Deuda). 7. Antes de que FO venda o disponga de los Bienes, notificará por escrito al Depositante indicándole que pague (si el Depositante está en mora) o que recoja los Bienes (si se consideran abandonados). Este aviso se enviará por correo certificado o con acuse de recibo a la última dirección notificada por escrito por el Depositante a FO o por correo electrónico solo si usted ha optado por no recibir correo tradicional. Si no se ha facilitado ninguna dirección en el Reino Unido, FO utilizará cualquier dirección postal o de correo electrónico que tenga del Depositante y de cualquier Persona de Contacto Alternativa (ACP). Si el Depositante no paga la Deuda y/o no recoge los Bienes (según corresponda), FO accederá a su espacio y comenzará el proceso para vender o disponer de los Bienes. El Depositante consiente y autoriza la venta o eliminación de todos los Bienes sin previo aviso, independientemente de su naturaleza o valor. FO venderá los Bienes al mejor precio razonablemente disponible en el mercado abierto, teniendo en cuenta los costes de venta. FO también podrá exigir el pago de los costes de las acciones por incumplimiento, incluidos los costes asociados al acceso a la Unidad y a la eliminación o venta de los Bienes, que se añadirán a la Deuda. 8. El producto de la venta se aplicará en primer lugar al coste de retirada y venta de los Bienes y, en segundo lugar, al pago de la Deuda. Si el producto de la venta no cubre todos estos costes y la Deuda, el Depositante deberá pagar a FO el saldo restante en un plazo de 7 días a partir de una reclamación por escrito de FO. FO podrá emprender acciones para recuperar el saldo y cualquier coste legal y de administración incurrido al hacerlo. Si el producto de la venta supera el importe adeudado por el Depositante, FO retendrá el saldo para el Depositante, pero no se devengarán intereses sobre el mismo.
  3. Si, en opinión de FO y enteramente a discreción de FO, los Bienes de un Depositante moroso no son vendibles, no se venden cuando se ofrecen a la venta, o no tienen valor suficiente para justificar el gasto de intentar venderlos, el Depositante autoriza a FO a tratar los Bienes como abandonados y FO podrá disponer de todos los Bienes por cualquier medio a cargo del Depositante. FO podrá disponer de los Bienes del Depositante en caso de que estos resulten dañados por incendio, inundación u otro suceso que los haya dejado, en opinión de FO, gravemente dañados, sin valor comercial o peligrosos para las personas o la propiedad. FO no necesita la aprobación previa del Depositante para tomar esta medida, pero enviará una Notificación al Depositante en un plazo de 7 días tras la evaluación de los bienes.
  4. Cualquier artículo dejado sin vigilancia en áreas comunes o fuera de la Unidad del Arrendatario en cualquier momento podrá, a discreción de FO, ser trasladado, vendido o dispuesto de inmediato sin responsabilidad alguna para FO.

Acceso:

  1. El Depositante tiene derecho a acceder a la Unidad durante las Horas de Acceso publicadas por FO y de acuerdo con los términos de este Contrato. FO intentará avisar con antelación de los cambios en las Horas de Acceso mediante un aviso en las Instalaciones, pero se reserva el derecho de cambiar las Horas de Acceso temporalmente a otras horas razonables sin previo aviso.
  2. Solo el Depositante u otras personas autorizadas o acompañadas por el Depositante (sus Agentes) pueden acceder a la Unidad. El Depositante es responsable ante FO y otros usuarios de las Instalaciones de sus propias acciones y las de sus Agentes. FO podrá (pero no está obligado a) exigir una prueba de identidad al Depositante o a cualquier otra persona en cualquier momento y, a la entera discreción de FO, podrá denegar el acceso a cualquier persona que no pueda presentar una prueba satisfactoria.
  3. FO podrá denegar al Arrendatario el acceso a la Unidad y/o a la Instalación cuando el Arrendatario adeude dinero a FO, se haya realizado o no una demanda formal de pago, o si FO considera que la seguridad de cualquier persona, unidad o bienes en o en la Instalación ha sido amenazada o puede estar en riesgo.
  4. El Depositante no debe dejar una llave ni permitir el acceso a la Unidad a ninguna persona que no sea su propio Agente, quien es responsable ante el Depositante y está bajo su control. Si el Depositante lo hace, será bajo su propia responsabilidad. 15. El Arrendatario autoriza a FO y a sus agentes y contratistas a entrar en la Unidad en las siguientes circunstancias y a forzar la cerradura si es razonablemente necesario para acceder: (a) con un aviso de al menos 7 días para inspeccionar o realizar reparaciones o alteraciones en la Unidad o cualquier otra parte de la Instalación; (b) sin previo aviso (pero con aviso tan pronto como sea posible después del evento) en caso de emergencia (incluyendo reparaciones o alteraciones) o para prevenir lesiones o daños a personas o propiedades; o si FO cree que la Unidad se está utilizando para almacenar bienes prohibidos o con un propósito prohibido; o si FO está obligado a hacerlo por ley, por la Policía, los Servicios de Bomberos, la Oficina de Normas Comerciales, HM Revenue & Customs, una autoridad competente o por una Orden Judicial; o para reubicar los Bienes o ejercer el derecho de retención o el poder de venta o disposición de FO de acuerdo con este Contrato.

Condiciones:

  1. El Depositante será el único responsable de proporcionar un candado seguro para la Unidad y de asegurarse de que esté cerrada para que sea segura frente a entradas no autorizadas en todo momento cuando el Depositante no esté en la Unidad. FO no será responsable de cerrar ninguna Unidad que se encuentre abierta. El Depositante no tiene permitido colocar un candado en la posición de bloqueo de FO, y FO podrá hacer que dicho candado sea cortado por la fuerza a expensas del Depositante. Cuando proceda, el Depositante asegurará las puertas y/o portones externos de las Instalaciones.
  2. El Depositante no debe almacenar (ni permitir que ninguna otra persona almacene) nada de lo siguiente en la Unidad: (a) alimentos o productos perecederos a menos que estén empaquetados de forma segura para que estén protegidos de las plagas y no las atraigan; (b) cualquier criatura viva; (c) sustancias combustibles o inflamables como gas, pintura, gasolina, aceite, disolventes de limpieza o gases comprimidos; (d) armas de fuego, explosivos, armas o municiones; (e) productos químicos, materiales radiactivos, agentes biológicos; residuos tóxicos, amianto u otras sustancias potencialmente peligrosas; (f) cualquier artículo que emita humos u olores; (g) cualquier artículo o sustancia ilegal o bienes obtenidos ilegalmente, como tabaco o alcohol ilícito (falsificado/contrabandeado) y bienes sin licencia o inseguros (como juguetes, aparatos eléctricos, medicamentos, aerosoles, cosméticos, fuegos artificiales); (h) bienes que sean perjudiciales para el medio ambiente o que supongan un riesgo para la propiedad de cualquier persona; (i) moneda, escrituras y valores; y (j) artículos que sean de naturaleza única y/o cuyo valor para el Depositante no pueda evaluarse sobre una base financiera. El Depositante será responsable en virtud de la Condición 28 de cualquier incumplimiento de esta Condición 17.
  3. El Depositante utilizará la Unidad únicamente con fines de almacenamiento y no podrá (ni permitirá que ninguna otra persona pueda): (a) utilizar la Unidad como oficinas o alojamiento, o como domicilio, dirección comercial o de correo; (b) utilizar o hacer cualquier cosa en las Instalaciones o en la Unidad que pueda ser una molestia para FO o cualquier otra persona (incluyendo el escape de cualquier sustancia u olor, o la generación de ruido o vibraciones que puedan oírse o sentirse fuera de la Unidad); (c) utilizar o hacer cualquier cosa en las Instalaciones o en la Unidad que pueda invalidar o aumentar las primas de cualquier póliza de seguro de FO o de cualquier otra persona; (d) pintar o realizar alteraciones o fijar cualquier cosa a las superficies internas o externas de la Unidad; (e) conectar o proporcionar suministros o servicios a la Unidad a menos que esté autorizado por FO; o (f) causar daños a la Unidad o a cualquier parte de las Instalaciones (lo que incluye los causados por contratistas de mudanzas, transporte o entrega) o crear cualquier obstrucción o dejar artículos o basura en cualquier espacio común dentro de las Instalaciones.
  4. El Depositante debe mantener la Unidad asegurándose de que esté limpia y en buen estado de conservación. En caso de falta de limpieza o daños en la Unidad o en las Instalaciones, FO tendrá derecho a retener el Depósito, cobrar una Cuota de Limpieza y/o reclamar al Depositante el reembolso total de los costes razonables de reparación, sustitución, restauración, compensación adecuada o eliminación de residuos.
  5. El Arrendatario debe (y asegurarse de que sus Agentes) usar un cuidado razonable en el sitio y respetar la Instalación y a otros usuarios de la unidad, informar a FO de cualquier daño o defecto inmediatamente después de su descubrimiento y cumplir con las instrucciones razonables de los empleados, agentes y contratistas de FO y cualquier otra normativa para el uso, seguridad y protección de la Instalación que FO emita periódicamente.
  6. Este Contrato no confiere al Depositante ningún derecho de posesión exclusiva de la Unidad y FO se reserva el derecho de trasladar al Depositante a otra Unidad que no sea más pequeña que la actual (a) avisando con 14 días de antelación, durante los cuales el Depositante puede optar por rescindir su contrato en virtud de la Condición 35 o (b) con un aviso más corto si ocurre un incidente que requiera que la Unidad o la sección donde se encuentra sea cerrada o precintada. En estas circunstancias, FO pagará los costes razonables de traslado del Depositante si FO los aprueba por escrito antes del traslado. Si el Depositante no organiza el traslado para la fecha especificada en el aviso de FO, el Depositante autoriza a FO y a sus agentes a entrar en la Unidad actuando como agentes del Depositante y por cuenta y riesgo del mismo (excepto por los daños causados de forma deliberada o negligente, que están sujetos a las limitaciones de la Condición 26) para retirar los bienes. Tras el traslado, este contrato se modificará mediante la sustitución del nuevo número de Unidad, pero por lo demás continuará en pleno vigor y efecto a la tarifa vigente para la Unidad original en el momento del traslado.
  7. El Depositante debe asegurarse de que la Unidad es adecuada para el almacenamiento de los Bienes que pretende guardar en ella y se le aconseja que inspeccione la Unidad antes de almacenar los Bienes y periódicamente durante el periodo de almacenamiento. FO no ofrece ninguna garantía ni declaración de que ninguna unidad sea adecuada para bienes específicos y no acepta ninguna responsabilidad a este respecto.
  8. FO podrá negarse a permitir que el Arrendatario almacene Bienes o exigirle que recoja Bienes si, a su juicio, el almacenamiento de dichos Bienes crea un riesgo para la seguridad de cualquier persona o propiedad.
  9. El Depositante debe notificar a FO por escrito el cambio de dirección, números de teléfono o dirección de correo electrónico del Depositante o de la Persona de Contacto Alternativa (“ACP”) en un plazo de 48 horas tras cualquier cambio. El Depositante acepta que FO tiene derecho a tratar cualquier incumplimiento del Depositante con la ACP registrada en la portada de este Contrato.

Riesgo y responsabilidad:

  1. FO no será responsable de ninguna pérdida o daño sufrido por el Arrendatario como resultado de la imposibilidad de acceder a la Instalación o a la Unidad, independientemente de la causa.
  2. Los Bienes se almacenan bajo el riesgo y la responsabilidad exclusivos del Depositante, quien será responsable y asumirá el riesgo de cualquier robo, daño y deterioro de los Bienes causados por cualquier motivo. FO excluye toda responsabilidad con respecto a (a) pérdida o daño al negocio del Depositante, si lo hubiera, incluyendo pérdida consecuente, lucro cesante o interrupción del negocio; (b) pérdida o daño a los Bienes o cualquier reclamación de devolución de las Cuotas de Almacenamiento, excepto cuando esto sea resultado de la negligencia o incumplimiento de contrato de FO, en cuyo caso la responsabilidad de FO se limitará a la suma de 100 £ en total. FO no excluye la responsabilidad por lesiones físicas o la muerte de cualquier persona que sea resultado directo de negligencia o incumplimiento deliberado por parte de FO, sus agentes y/o empleados.
  3. FO no asegura los Bienes y es una condición de este Contrato que los Bienes permanezcan adecuadamente asegurados en todo momento por su Valor de Reposición (según se establece en la hoja de portada) mientras estén almacenados. El Depositante garantiza que dicha cobertura está en vigor, que no permitirá ni causará que dicha cobertura caduque y que el valor total de los Bienes en la Unidad en cada momento no superará el Valor de Reposición. FO no ofrece ningún asesoramiento relativo a la cobertura de seguro proporcionada por ninguna póliza y el Depositante debe juzgar por sí mismo la idoneidad de la cobertura, incluso cuando sea facilitada por FO. La inspección de cualquier documento de seguro proporcionado por el Depositante para demostrar la cobertura no significa que FO haya aprobado la cobertura o confirmado que sea suficiente.
  4. El Depositante será responsable e indemnizará a FO por el importe total de todas las reclamaciones, responsabilidades, demandas, daños, costes y gastos (incluidos los honorarios legales y profesionales razonablemente incurridos) en los que incurra FO o terceros (Responsabilidades) resultantes de o incidentales a (a) el uso de la Unidad (incluyendo, entre otros, la propiedad o el almacenamiento de Bienes en la Unidad, los propios Bienes y/o el acceso a las Instalaciones) o (b) el incumplimiento de este Contrato por parte del Depositante o de cualquiera de sus Agentes o (c) la ejecución de cualquiera de los términos de este Contrato.
  5. El Depositante reconoce y acepta cumplir con este Contrato y con todas las leyes y reglamentos pertinentes que sean o puedan ser aplicables al uso de la Unidad. Esto incluye las leyes relativas al material que se almacena y a la forma en que se almacena. La responsabilidad por cualquier incumplimiento de dichas leyes recae absolutamente en el Depositante, e incluye todas y cada una de las Responsabilidades resultantes de dicho incumplimiento.
  6. Si FO tiene motivos para creer que el Depositante no está cumpliendo con todas las leyes pertinentes, FO podrá tomar cualquier medida que considere necesaria, incluyendo, entre otras, las medidas descritas en las Condiciones 15 y 35, contactar, cooperar y/o entregar los Bienes a las autoridades competentes, y/o disponer de los Bienes o retirarlos inmediatamente a expensas del Depositante. El Depositante acepta que FO puede tomar tales medidas en cualquier momento, aunque FO podría haber actuado antes.
  7. Con respecto a circunstancias fuera del control razonable de FO, FO no tendrá ninguna responsabilidad ni se considerará que ha incumplido este Contrato por cualquier retraso o falta de cumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato o cualquier pérdida o daño resultante en los Bienes. Tales circunstancias incluyen cualquier caso fortuito, disturbio, huelga o cierre patronal, disputa comercial o conflicto laboral, accidente, avería de planta o maquinaria, incendio, inundación, escasez de mano de obra, materiales o transporte, fallos de energía eléctrica, amenaza de terrorismo o terrorismo real, o emergencia o peligro ambiental o sanitario, o entrada en cualquier unidad, incluida la Unidad o las Instalaciones por parte de las autoridades competentes, o el arresto, embargo o confiscación de Bienes por parte de las mismas. Si esto sucede, FO no será responsable de no permitir el acceso a los Bienes, a la Unidad y/o a las Instalaciones mientras duren las circunstancias. FO intentará minimizar cualquier efecto derivado de tales circunstancias.

Información personal:

  1. FO recopila información sobre el Depositante en el momento del registro y mientras este Contrato continúe, incluyendo datos personales (Datos). FO procesa los Datos de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos y todas las leyes asociadas. FO utiliza los Datos para procesar pagos, comunicarse con el Depositante y, en general, mantener la cuenta del Depositante, para cumplir con sus obligaciones legales y para sus intereses comerciales legítimos. FO puede compartir Datos con, y recopilar Datos de, agencias de referencia crediticia o de prevención del fraude y asociaciones comerciales de las que FO sea miembro. Si el Depositante no paga las Cuotas a su vencimiento, FO puede compartir los Datos con agentes de cobro de deudas. Si el Depositante solicita el seguro de FO, FO pasará los Datos al asegurador, quien podrá introducir dichos Datos en un registro de reclamaciones compartido con otros aseguradores para evitar reclamaciones fraudulentas. FO revelará los Datos y otros detalles de la cuenta en cualquier momento si considera, a su entera discreción, que es apropiado: (a) para cumplir con la ley; (b) para hacer cumplir este Contrato; (c) para la protección contra el fraude y la reducción del riesgo crediticio; (d) para fines de prevención o detección de delitos; (e) para proteger la seguridad de cualquier persona en las Instalaciones, (f) si FO considera que la seguridad de cualquier unidad en las Instalaciones o su contenido puede estar en riesgo de otra manera. Asimismo, si FO vende o compra cualquier negocio o activo, podrá revelar los Datos y los detalles de la cuenta al posible vendedor o comprador de dicho negocio o activo o, si la práctica totalidad de los activos de FO son adquiridos por un tercero, los Datos y los detalles de la cuenta serán uno de los activos transferidos. Las personas tienen derecho a solicitar una copia de la información que FO tiene sobre ellas, a solicitar que se rectifiquen los Datos inexactos, a restringir cómo se utilizan los Datos y, en determinadas circunstancias, a que se eliminen los Datos. Las solicitudes para cualquiera de estos casos deben enviarse por correo electrónico o postal a las direcciones que figuran en la hoja de portada a nuestro Responsable de Cumplimiento de Datos. . Más detalles sobre cómo FO utiliza los Datos y los derechos del Arrendatario en relación con los Datos se establecen en el Aviso de Privacidad de FO, que se puede consultar en su sitio web o solicitar.
  2. Si el Depositante da su consentimiento, FO utilizará los Datos para fines de retroalimentación, incluyendo proporcionar al Depositante información sobre productos o servicios suministrados por FO en respuesta a solicitudes del Depositante o si FO cree que pueden ser de su interés. La elección del Depositante con respecto al uso pertinente de los Datos se indica en la hoja de portada y puede ser cambiada en cualquier momento por el Depositante poniéndose en contacto con FO.

Aviso:

  1. Las notificaciones que deban realizar FO o el Depositante deben hacerse por escrito y deben entregarse en mano o enviarse por correo franqueado. FO también puede realizar Notificaciones al Depositante por SMS o correo electrónico si el Depositante ha optado por recibir correspondencia por esta vía. Las notificaciones se considerarán recibidas en el momento de la entrega en mano, una hora después del envío por correo electrónico o SMS, o 48 horas después del envío por correo postal. Las notificaciones de FO al Depositante se enviarán a la dirección que figura en la hoja de portada o a la dirección más reciente en Inglaterra notificada a FO. En caso de no poder contactar con el Depositante en la última dirección notificada u otro contacto, incluidos SMS o correo electrónico, se considerará que la Notificación ha sido entregada al Depositante si FO entrega dicha Notificación a la ACP identificada en la portada de este Contrato en la última dirección notificada u otro contacto, incluidos SMS o correo electrónico de la ACP. Cualquier notificación del Depositante debe enviarse a FO a la dirección que figura en la hoja de portada. En caso de que haya más de un Depositante, se acuerda que la Notificación a o por cualquier único Depositante es suficiente a efectos de cualquier requisito de Notificación en virtud de este Contrato.

Rescisión:

  1. Cualquiera de las partes puede rescindir este Contrato notificando a la otra parte la Fecha de Terminación de acuerdo con el periodo indicado en la hoja de portada que finaliza en cualquier Fecha de Vencimiento. En caso de actividades ilegales o perjudiciales para el medio ambiente por parte del Depositante o de un incumplimiento de este Contrato (que, si puede subsanarse, el Depositante no haya subsanado en un plazo de 14 días a partir de la notificación de FO para hacerlo), FO podrá rescindir el Contrato inmediatamente mediante Notificación. FO tiene derecho a retener del Depósito, o a realizar un cargo por, las Cuotas de Almacenamiento prorrateadas si el Depositante da un aviso inferior al requerido. El Depositante debe retirar todos los Bienes de la Unidad antes del cierre de la actividad en la Fecha de Terminación y dejar la Unidad en condiciones de limpieza y en buen estado de conservación a satisfacción de FO. En caso de que queden Bienes y/o basura en la Unidad después de la Fecha de Terminación, se aplicarán las Condiciones 6 y 19. El Depositante debe pagar cualquier Cuota de Almacenamiento pendiente y cualquier gasto por incumplimiento o cualquier otro dinero adeudado a FO hasta la Fecha de Terminación, o podrán aplicarse las Condiciones 5 a 9. Cualquier cálculo de las cuotas pendientes será realizado por FO. Si FO entra en la Unidad por cualquier motivo y no hay Bienes almacenados en ella, FO podrá rescindir el Contrato sin previo aviso, pero enviará una Notificación al Depositante en un plazo de 7 días.
  2. El Arrendatario se compromete a examinar cuidadosamente los Bienes al retirarlos de la Unidad y deberá notificar a FO cualquier pérdida o daño de los Bienes tan pronto como sea razonablemente posible después de hacerlo.
  3. La responsabilidad por las cantidades pendientes, los daños a la propiedad, las lesiones personales, los daños ambientales y la responsabilidad legal en virtud de este Contrato continúan más allá de la rescisión de este Contrato.

General:

  1. FO podrá modificar la Cuota de Almacenamiento u otros términos de este Contrato y añadir nuevos términos y condiciones siempre que dichas modificaciones se notifiquen al Depositante por escrito. Los términos modificados entrarán en vigor en la primera Fecha de Vencimiento que ocurra no menos de 28 días después de la fecha de la notificación de FO. El Depositante podrá rescindir el contrato sin cargo alguno antes de que el cambio entre en vigor, notificándolo de acuerdo con la Condición 35. De lo contrario, el uso continuado de la Unidad por parte del Depositante se considerará como aceptación y conformidad con los términos modificados.
  2. El Arrendatario reconoce y acepta que: (a) los términos de este documento constituyen la totalidad del contrato con FO y, al celebrar este contrato, el Arrendatario no se basa en ninguna declaración, oral o de otro tipo, que no sean las contenidas en este Contrato; (b) ha planteado a FO todas las consultas relevantes para su decisión de celebrar este Contrato y FO, antes de que el Arrendatario celebrara este Contrato, ha respondido a todas esas consultas a satisfacción del Arrendatario; (c) cualquier asunto resultante de dichas consultas ha sido, en la medida requerida por el Arrendatario y acordada por FO, redactado por escrito e incorporado a los términos de este Contrato; (d) si FO decide no ejercer o hacer cumplir cualquier derecho que tenga contra el Arrendatario en un momento determinado, esto no impide que FO decida posteriormente ejercer o hacer cumplir ese derecho a menos que FO notifique por escrito al Arrendatario que FO ha renunciado o abandonado su capacidad para hacerlo; (e) no se pretende que nadie más que el Arrendatario y FO tenga derechos en virtud de este Contrato y, en consecuencia, la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999 no se aplicará al mismo; (f) si un tribunal o autoridad competente decide que alguna de las disposiciones de este Contrato es inválida, ilegal o inaplicable en alguna medida, la disposición, solo en esa medida, se separará de los términos restantes, que seguirán siendo válidos en la máxima medida permitida por la ley; (g) el Arrendatario no podrá ceder ni transferir ninguno de sus derechos en virtud de este Contrato ni desprenderse de la posesión de la Unidad o los Bienes mientras se encuentren en la Instalación; y (h) cuando el Arrendatario esté compuesto por dos o más personas, cada persona asume las obligaciones en virtud de este Contrato por separado.
  3. Este Contrato se regirá por la legislación inglesa y cualquier disputa o reclamación que cualquiera de las partes presente será resuelta por los Tribunales de Inglaterra y Gales. Las partes deben esforzarse por resolver cualquier disputa relacionada con este Contrato mediante mediación. Dicha mediación será llevada a cabo por un mediador independiente de las partes y nombrado por acuerdo de las mismas. Es una condición previa al derecho de cualquiera de las partes a iniciar un arbitraje o litigio, que no sea para una medida cautelar de emergencia, el haber ofrecido primero someter la disputa a mediación.

Contratista asegurado: – Si se ha acordado dicho seguro

  1. Suscribiremos y mantendremos un contrato de seguro de acuerdo con el documento de Resumen de Seguro proporcionado al Depositante. Esto proporcionará cobertura para los Bienes por el valor declarado como el valor total de reposición de los Bienes como nuevos en la hoja de portada. FO no realiza ninguna valoración de los Bienes y no es responsable de asegurar que el valor total de reposición como nuevo declarado por el Depositante en la hoja de portada sea una valoración exacta o verdadera del valor total de reposición como nuevo de los Bienes en cualquier momento. El Depositante es responsable de asegurar que la cobertura del seguro por el valor de los Bienes asegurados se mantenga en un nivel adecuado durante todo el periodo de este Contrato. Si se producen pérdidas o daños en los Bienes como resultado de cualquier asunto que pueda dar lugar a una reclamación bajo la póliza de seguro de FO, tras recibir del Depositante una instrucción por escrito para notificar una reclamación, FO notificará puntualmente la reclamación a su asegurador. A efectos de la tramitación de dicha reclamación, el Depositante proporcionará a FO, al asegurador de FO o a cualquier agente del asegurador de FO designado para investigar dicha reclamación, la información y pruebas que razonablemente se requieran en relación con la reclamación. FO pagará u organizará el pago al Depositante de la parte de cualquier producto de cualquier reclamación realizada por FO que se refiera a daños o pérdidas de los Bienes, previa deducción de cualquier suma pendiente adeudada a FO por el Depositante. En caso de que realicemos una reclamación bajo Nuestra póliza de seguro con respecto a la pérdida o daño de los Bienes, el Depositante reconoce que la responsabilidad de FO de realizar cualquier pago al Depositante en relación con dicha reclamación se limita al pago al Depositante de aquellas sumas que FO recupere de su asegurador bajo su póliza de seguro en relación con los Bienes. Aunque FO notificará las reclamaciones a su asegurador, FO no está bajo ninguna circunstancia obligada a iniciar o amenazar con iniciar ningún procedimiento legal en relación con dicha reclamación. Nada en este contrato convertirá o se considerará que convierte a FO en agente del Depositante. Si el Depositante no paga los cargos del seguro, cualquier cobertura de seguro con respecto a los Bienes cesará inmediatamente a partir de la fecha en que dichos cargos sean debidos.

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